El próximo 31 de enero finaliza el plazo para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349). No olvide que su empresa deberá presentar dicha declaración de forma anual cuando, a pesar de haber efectuado alguna operación intracomunitaria durante el año 2010, no haya estado obligada a presentar dicho modelo ni de forma mensual ni trimestral.
Recuerde que su empresa puede presentar el modelo 349 de forma anual (y no mensual o trimestral) sólo si concurren las siguientes circunstancias:
• Que las entregas y prestaciones de servicios totales (volumen total de operaciones), en el año anterior al que se refiere la declaración, no hayan superado los 35.000 euros.
• Que, en dicho año anterior, el importe de las entregas intracomunitarias (que no fueran medios de transporte nuevos) no superasen los 15.000 euros.
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