INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE) 2013

Publicado: 15 Abril de 2013

PLAZOS Y AYUDAS ITE

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una actuación del Ayuntamiento de Madrid de carácter preventivo y obligatorio para todos los edificios, cuyo objetivo es acreditar el estado favorable de los mismos y, en el caso de detectar deficiencias, acometer las reparaciones necesarias que garanticen una adecuada conservación y mantenimiento del mismo. Establece asimismo, una serie de sanciones en el caso de no realizarse en los plazos establecidos.

Cuando el informe de la ITE es desfavorable las Comunidades de Propietarios pueden solicitar una serie de ayudas para realizar las obras necesarias para la rehabilitación. Estas se tramitan a través de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (E.M.V.S.) del Ayuntamiento de Madrid y la Oficina de Rehabilitación de Edificios, organismo dependiente de la Comunidad de Madrid. Estas ayudas son compatibles, siempre y cuando el importe de las mismas no supere el coste de la rehabilitación.

Las Normas Urbanísticas del vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 establecen que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) deberá realizarse obligatoriamente dentro del año siguiente a aquél en el que se cumplan 30 años una vez haya finalizado la construcción del Edificio. Según dichas normas corresponderá acreditar la ITE en el año 2013, a aquellas Comunidades de Vecinos cuyo edificio hay sido construido en 1982.

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