Sobre la revisión obligatoria

Autor: Carmagas
Publicado: 14 Mayo de 2013

Carmagas le informa a los usuarios de la obligación por ley de las inspecciones y revisiones de sus instalaciones de gas.

Las inspecciones son obligatorias cada cinco años y tratan de verificar las fugas de gas en la instalación receptora; la comprobación del CO ambiente y combustión; la verificación de la ventilación (rejillas) y el conducto de evacuación de gases.

Estas inspecciones las realiza la empresa suministradora y distribuidora de gas como Galp, Iberdrola o Endesa entre otras, obligadas por el Real Decreto 919/2006 de 28 de Junio.

Por su parte, la revisión anual de gas y aparatos está regulada en el Real Decreto 1027/2007 de 20 de Julio por el que cualquier empresa autorizada por la Dirección General de Industria de la Comunidad Autónoma de Madrid puede realizarla.

Las ventajas de realizar su revisión anual obligatoria son evitar fugas de gas inesperadas y/o falta de agua caliente y calefacción; que la instalación de gas y la caldera alarguen su vida evitando averías y problemas posteriores; ahorrar un 15% en la factura del gas, gracias a una regulación adecuada a su funcionamiento y cumplir con la normativa vigente en materia de mantenimiento y revisiones obligatorias.

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