Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias (mod. 349)

Publicado: 12 Enero de 2011

El próximo 31 de enero finaliza el plazo para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349). No olvide que su empresa deberá presentar dicha declaración de forma anual cuando, a pesar de haber efectuado alguna operación intracomunitaria durante el año 2010, no haya estado obligada a presentar dicho modelo ni de forma mensual ni trimestral.

Recuerde que su empresa puede presentar el modelo 349 de forma anual (y no mensual o trimestral) sólo si concurren las siguientes circunstancias:

• Que las entregas y prestaciones de servicios totales (volumen total de operaciones), en el año anterior al que se refiere la declaración, no hayan superado los 35.000 euros.

• Que, en dicho año anterior, el importe de las entregas intracomunitarias (que no fueran medios de transporte nuevos) no superasen los 15.000 euros.

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