Hacienda prorrogará el IMpuesto sobre el Patrimonio para no hacer un roto de 1.300 millones a las CCAA.

Publicado: 14 Noviembre de 2016

El Impuesto de Patrimonio seguirá vigente en 2017. Su supresión, que estaba prevista para el 1 de enero de 2017, se derogará en el decreto de prórroga presupuestaria.

En septiembre de 2011, y con “carácter temporal”, el último Gobierno socialista restableció la vigencia del Impuesto de Patrimonio, suprimido tres años antes por el mismo Ejecutivo en tiempos de ‘vacas gordas’. Esa ‘temporalidad’ que declaraba la norma dura ya, sin embargo, cinco años, pero en 2017 el tributo que grava la riqueza de los contribuyentes seguirá vigente. El Gobierno incluirá en la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, que debe presentar antes de que acabe el año, un nuevo aplazamiento.

La causa de esta demora tiene que ver con el margen presupuestario de las comunidades autónomas, que continúa siendo estrecho en un contexto de reducción del déficit, y su supresión definitiva llevaría consigo un ‘agujero’ de algo más de 1.080 millones de euros, que es lo que se prevé recaudar en 2016.

En el Plan Presupuestario enviado por el Ministerio de Economía a Bruselas el mes pasado, el Gobierno se comprometía a la “no-bonificación automática” por un importe de 1.300 millones de euros. E, incluso, se admitía que “se han puesto los mecanismos legales para que no sea así [la desaparición]". Esos ‘mecanismos legales’ se incluirán en el real decreto ley de prórroga presupuestaria.

El Gobierno incluirá un nuevo aplazamiento en la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado que debe presentar antes de que acabe el año

Hacienda argumentó en la Ley de Presupuestos de 2016 que la prórroga de la vigencia del Impuesto del Patrimonio se hacía en aras de contribuir a mantener la consolidación de las finanzas públicas. Y esa misma justificación se ampliará a 2017. No en vano, el déficit fiscal debe pasar del 4,6% del PIB en que presumiblemente acabará este año, al 3,1% del producto interior bruto. Una ajuste que ahora se considera incompatible con una pérdida de recaudación que se estima en cerca de una décima del PIB.

La Ley de Presupuestos de 2016 ahora vigente dejaba bien claro —artículo 66— que con efectos desde el 1 de enero de 2017 se aplicaría sobre la cuota íntegra del impuesto una bonificación del 100% a los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir. Es decir, no se eliminaba el tributo —que seguía vigente por razones de control del fraude—, sino que se eximía de su pago a los contribuyentes afectados.

La prórroga, en todo caso, no afectará igualmente a todas las CCAA. Cataluña será, con diferencia, la más beneficiada, toda vez que es, precisamente, la que mantiene en mayor medida la eficacia del Impuesto del Patrimonio con tipos impositivos que gravan realmente la riqueza, mientras que la mayoría ha establecido un sistema de bonificaciones que deja prácticamente a cero su recaudación

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