A la hora de presentar el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades del próximo mes de octubre, tenga en cuenta lo siguiente:
• Si su empresa cierra su ejercicio a 31 de diciembre y calcula su pago fraccionado según el 18% de la cuota a ingresar de la última declaración presentada, el pago a cuenta de octubre no coincidirá con el presentado en abril. Recuerde que ahora deberá coger como referencia la declaración de 2011, mientras que en abril cogió la de 2010.
• Por otro lado, si su empresa tuvo una cifra de negocios en los doce meses anteriores al inicio del ejercicio igual o superior a los diez millones de euros, recuerde que ha cambiado la forma como deberá calcular sus pagos fraccionados. A consecuencia de ello, en breve se aprobarán los nuevos modelos de pagos fraccionados que incluyen dichos cambios.
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